Si eres una persona física o moral que ofrece un servicio especializado, es decir, pones a disposición del cliente a tus trabajadores, ya debes saber que es obligatorio tener el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE) y presentar las declaraciones correspondientes. Sigue leyendo, porque esto te interesa.
No importa si tienes 1 o 100 trabajadores, si asisten a otras instalaciones que no sean las tuyas para brindar algún servicio, necesitas REPSE.
En este blog te vamos a decir cuáles son las obligaciones que adquieres al tener REPSE y específicamente el cumplimiento de las declaraciones cuatrimestrales para que estés al corriente y evites multas y problemas con tus clientes. Recuerda que si tienes más dudas, estás en el lugar correcto.
¿Cuáles son las obligaciones que adquieres al tener REPSE?
Una vez que tengas listo y aprobado tu registro en el REPSE (con el cual podemos apoyarte), ten muy en cuenta lo siguiente:
Deberás realizar la renovación del registro REPSE cada 3 años (debes hacer la renovación 3 meses antes de que venza el registro)
Contar con el Aviso de Registro vigente otorgado por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS)
Contar con Opiniones Positivas ante el SAT, IMSS e INFONAVIT y regulares
Presentar las Informativas Cuatrimestrales de los contratos celebrados ante el INFONAVIT (SISUB) e IMSS (ICSOE) en tiempo y forma
Entregar a tus clientes la información correspondiente (Aviso de Registro, Acuses de presentación, comprobantes fiscales, etc.)
¿Qué son las Informativas Cuatrimestrales?
Todas las personas físicas o morales que estén inscritos en el REPSE están obligados a presentar una declaración informativa cuatrimestral de los contratos celebrados ante el IMSS e Infonavit por medio de la Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializadas (ICSOE).
Estos informes deberán presentarse el día 17 de los meses de Enero, Mayo y Septiembre. En caso de que el día 17 caiga en un día inhábil, se podrá realizar el día hábil posterior. Todo retraso o incumplimiento es motivo de multa.
¿Qué pasa si tienes REPSE y no presentas las informativas?
Puedes ser sancionado por el IMSS con una multa de 500 a 2000 UMAs, es decir, entre $54,285 a $217,140 (valor diario de UMA 2024: $108.57).
Además de que podrías perder el registro y a su vez los contratos con tus clientes, ya que a ellos también los pueden multar si tienen contratados servicios que requieran el REPSE y que no lo tengan.
¿Qué información deben contener las Informativas Cuatrimestrales?
La información general que debe incluir la Informativa Cuatrimestral para ICSOE y SISUB es:
Nombre
Denominación o razón social
Registro Federal de Contribuyentes
Domicilio social o convencional en caso de ser distinto al fiscal
Correo electrónico
Teléfono de contacto
Información de nómina de todos los trabajadores y contratos u órdenes de compra sobre los trabajos presentados
¿Cómo presentar las Declaraciones Cuatrimestrales?
Para presentar las Informativas, necesitas primero tener toda tu documentación en regla y acceder a las plataformas del IMSS e INFONAVIT para poder realizar el trámite.
Ahora bien, cada entidad cuenta con una plataforma exclusiva para poder dar de alta las informativas en tiempo y forma. Por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social está la Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE) y en el caso del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda cuenta con el Sistema de Información de Subcontratación (SISUB).
Dichas plataformas fueron creadas para agilizar el proceso, sin embargo, si no estás familiarizado con ellas, puede ser un asunto que requiera tiempo y dedicación para evitar confusiones o equivocaciones.
Es por eso que en Simmple tramitamos tu REPSE y realizamos tus Informativas Cuatrimestrales, con una tasa de aprobación del 100%, para que tú te enfoques en tu negocio.
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