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Declaración anual 2024: lo que necesitas saber como persona física

Uno de los temas a considerar cuando estás registrado ante el SAT, es el tema de las declaraciones anuales. Ser prevenido y tener una planeación correcta de tus impuestos, puede ayudarte a ahorrarte tiempo y muchas broncas. Es por eso, que es importante conocer las fechas en las cuales tienes que presentar tu declaración anual para el año 2024 tanto para personas físicas, como para personas morales.



Como nos gusta hacerlo SIMMPLE y hacerte la vida más fácil, aquí te explicamos de manera sencilla cómo presentar tu declaración anual.


¿Cuándo se presenta?


Personas morales


Si estás en este régimen, la presentación de la declaración anual para el ejercicio correspondiente al año 2023 será a partir del día 1 de Enero del 2024 y hasta el 1 de Abril del mismo año. 


Personas físicas 



Ahora bien, para las personas físicas se presenta diferente. Será todo el mes de abril el periodo en el que como persona física podrá presentar su declaración anual de Impuesto sobre la Renta (ISR).


¿Qué personas físicas están obligadas a presentar declaración anual?


Están obligadas a presentar declaración anual, todas aquellas personas que hayan presentado ingresos por algunos de los siguientes conceptos o rubros:


  • A. Ingresos provenientes de un solo patrón y que dejaron de recibir el ingreso antes del 31 de diciembre.

  • B. Si además obtuvieron ingresos distintos de salarios.

  • C. Si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.

  • D. Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.

  • E. Si además obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.

  • F. Si tus ingresos anuales son mayores a 400 mil pesos. Actividades empresariales, incluyen:

  • A. Plataformas tecnológicas.

  • B. Región fronteriza.

  • C. Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.


  • Régimen Simplificado de Confianza, por las actividades empresariales, profesionales u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, que hayan realizado. Cobrar rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial). Intereses o dividendos. Enajenaron bienes, si vendieron algún bien. Adquisición de bienes, si compraron algún bien.

Así que si eres persona física y durante el 2023 obtuviste ingresos por alguno de estos conceptos, si o si tendrás que presentar tu declaración anual. Recuerda que tienes todo el mes de abril.


¿Quiénes NO están obligados a presentar su declaración anual?


  • Todas aquellas que obtuvieron ingresos por sueldos y salarios y que fueron de un solo patrón, estas no deben de exceder los 400 mil pesos en el ejercicio.

  • Aquellas que obtuvieron ingresos totales por salarios de un solo patrón e intereses reales, no mayores a 400 mil pesos.

  • Todas aquellas que obtuvieron ingresos por salarios de un solo patrón, siempre que no exista impuesto a cargo del contribuyente en la declaración anual.




Qué es el saldo a favor y cómo obtenerlo


Esta es una pregunta fácil de responder; el saldo a favor aplica cuando:


Al efectuar el cálculo anual de tus impuestos, resulta que pagaste de más durante el año, o cuando haces deducciones personales que resultan en saldo a favor.


La devolución puede aplicar a todas las personas físicas que presenten su declaración anual del año anterior y que cubran con los siguientes requisitos:




Tendrás que elegir también la opción de devolución en la declaración anual y deben de  presentar declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable y debes de cumplir lo siguiente:


  1. Si el saldo a favor es igual o menor a $10,000.00, puedes presentar la Declaración anual con contraseña.

  2. Si el saldo a favor es mayor a $10,000.00 y no excede de $150,000.00, podrás presentar tu declaración anual con Contraseña, siempre y cuando selecciones una cuenta CLABE.

  3. Si el saldo a favor es de $10,001.00 a $150,000.00, la declaración anual se presentará utilizando la e.firma o e.firma portable.

Deberás de colocar un número de cuenta CLABE a 18 dígitos y ésta tendrá que estar activa y a nombre del contribuyente como titular.


Deducciones que puedes realizar como persona física 


Las deducciones son los gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables, estos están distribuidos en distintos rubros y son los siguientes:


 Salud


Afortunadamente, podrás deducir algunos gastos relacionados con tu salud tuya o de tus familiares, siempre que sean los siguientes:


  • Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición. (Son deducibles si son prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes)

  • Gastos hospitalarios y en medicinas incluidas en facturas de hospitales. (No proceden los comprobantes de farmacias)

  • Honorarios a enfermeras

  • Análisis, estudios clínicos

  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente

  • Prótesis

  • Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales

  • Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.

Recuerda: Los gastos por salud serán deducibles siempre y cuando hayan sido efectuados para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos.


Educación


Si tienes hijos o estás estudiando alguna carrera, este beneficio te será útil.


Este aplica para colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o el equivalente y tiene este límite anual de deducción:


- Preescolar: 14,200 pesos.


- Primaria: 12,900 pesos


- Secundaria: 19,900 pesos.


- Profesional técnico: 17,100 pesos


- Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.


Para hacer efectivo este beneficio, requieres contar con el comprobante de pago correspondiente.


Otros Rubros:



  • Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.

  • Intereses reales pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE.

  • Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.

  • Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).

  • El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%.



¿Cómo presentar la declaración anual 2024 como persona física?


Primero tendrás que cumplir con los siguientes requisitos:


  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC)

  • Contraseña y/o e.firma vigente

  • Situación fiscal ante el RFC

  • Constancia de situación fiscal actualizada 

Pasos a seguir para realizar tu declaración anual


1. El primer paso es acceder al portal del SAT, y ubicar la opción de "Declaraciones" en el menú.


2. Entra y selecciona la opción de "Presenta tu declaración anual de personas físicas" e ingresa a tu sesión con tu RFC y contraseña o e.firma.


3. Presiona en "Presentar Declaración" y el sistema arrojará la información precargada sobre tu régimen fiscal.


4. Confirma el ejercicio, tipo de declaración, periodo y contesta la pregunta sobre ingresos e impuestos en el extranjero. Una vez que todo esté correcto, da clic en "Siguiente".


5. En esta parte se abrirán los rubros sobre tu declaración anual, así que deberás de ingresar cada uno para corroborar y/o modificar los campos:

 

Rubros sobre tu declaración
Revisa bien cada detalle de esta sección

6. Ya ingresados los datos y tras asegurarte que son correctos, da clic en "Pago". El sistema calculará el saldo a favor o pendiente para tu pago de ISR. 


7. Para finalizar, da clic en "Revisar" para verificar toda la información ingresada. 


8. Puedes escoger entre enviarla en ese momento o guardarla, el SAT lo guardará como un formulario inconcluso al que podrás acceder después, teniendo un plazo de 30 días. 


9. Al enviar, aparecerá un mensaje de confirmación y te pedirá ingresar tu e.firma para generar tu acuse de recibo.


¡Nosotros te ayudamos!



Recuerda que en SIMMPLE te asesoramos y realizamos tu Declaración anual este 2024. Acércate con nosotros y pregunta por nuestros servicios.

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