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Régimen de Plataformas Tecnológicas: ¿Qué es y a quiénes aplica?

Desde junio de 2020, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) anunció la creación del Régimen de Plataformas Tecnológicas o Digitales, que, siendo relativamente nuevo, es desconocido para muchas personas. En este blog, te explicaremos en qué consiste, a quiénes afecta y cuáles son las obligaciones fiscales correspondientes.


¿Qué es el Régimen de Plataformas Tecnológicas?



Se trata de un sistema tributario que se aplica a dos tipos de contribuyentes:


1. Personas que generan ingresos a través de plataformas digitales.

2. Las propias plataformas digitales.


Este régimen se creó con la intención de regular la fiscalización de plataformas como Mercado Libre, Amazon, Uber, Didi, Rappi, Airbnb, entre otras, que no tenían al día el pago de sus impuestos. Para lograrlo, el SAT estableció un sistema de tasas de retención, mediante el cual las plataformas están obligadas a retener el Impuesto Sobre la Renta (ISR), el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y, en el caso de servicios de hospedaje, el Impuesto Sobre Hospedaje (ISH) de los usuarios que utilicen estas plataformas para generar ingresos.


Retenciones e Impuestos del Régimen de Plataformas Tecnológicas



Las personas físicas contribuyentes que deseen pertenecer a este Régimen y proporcionen su información fiscal a la Plataforma Digital, tendrán una retención que varía según la actividad realizada:



Sin embargo, el SAT indicó que si el usuario no vincula su información fiscal para las retenciones, la plataforma deberá retener hasta un 20% de ISR y un 16% de IVA de sus ingresos.


Modalidades para presentar tus declaraciones de Plataformas Tecnológicas



Para calcular y presentar impuestos en este régimen, existen dos modalidades:


1. Pagos Definitivos:


En esta modalidad, la plataforma que utilizas retiene el ISR e IVA correspondientes a tu actividad y los paga al SAT. Por ejemplo, si vendes productos en Amazon, te retendrán el 1% de ISR y el 8% de IVA al mes.


Deberás presentar declaraciones mensuales y anuales, que son más sencillas en comparación con otros regímenes. Sin embargo, para tributar de esta manera, debes considerar lo siguiente:

  • Tus ingresos no pueden superar los $300,000 al año o ejercicio fiscal.

  • No podrás hacer deducciones.

  • Deberás conservar los Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI) de retenciones y pagos.

  • Deberás emitir CFDIs por los ingresos obtenidos fuera de la plataforma.

  • Debes presentar un aviso indicando que optas por el pago definitivo dentro de los 10 días siguientes a la percepción del primer ingreso.

2. Pagos Provisionales:


Esta modalidad se aplica si tienes ingresos superiores a $300,000 y tus impuestos se calculan según la tabla general de ISR, que llega hasta el 35%. A diferencia del esquema de Pagos Definitivos, en Pagos Provisionales sí puedes hacer deducciones, lo que te da la oportunidad de reducir aún más tu pago de impuestos.


Es importante destacar que, una vez que hayas optado por uno de estos modos, no podrás cambiarlo durante cinco años desde la presentación del aviso.


Tabla de ISR anual 2023


¿Puedo estar en el Régimen de Plataformas Tecnológicas si además tengo una tienda física o percibo otros ingresos?



Si deseas declarar ingresos a través de Plataformas Tecnológicas y, al mismo tiempo, tienes ingresos fuera de esta actividad, debes estar en un régimen compatible. En este caso, el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) no es compatible en su mayoría, por lo que generalmente debes estar en el Régimen de Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales.


¿Cómo identificar si la plataforma en la que genero ingresos es una Plataforma Tecnológica para el SAT?


Para que el SAT considere una plataforma como Plataforma Tecnológica retenedora dentro de este régimen, debe cumplir con los siguientes requisitos:


1. Ser una plataforma de intermediación.

2. Ser una plataforma digital, aplicación informática u otro tipo similar.

3. Contar con Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

4. Estar inscrita en el Padrón de Plataformas Tecnológicas Retenedoras.


A continuación, te compartimos un listado de prestadores de servicios digitales publicado por el SAT en el Diario Oficial de la Federación. Si la empresa en la que realizas actividades está en esa lista, es muy probable que necesites inscribirte en el Régimen de Plataformas Tecnológicas.


¡Nosotros te ayudamos!



Si tienes dudas sobre este régimen o quieres saber qué modalidad aplica para ti, en Simmple te asesoramos para que elijas el que más te convenga para pagar el mínimo de impuestos.


Contáctanos vía WhatsApp, o llámanos al 55 2875 1639 y descubre cómo podemos ayudarte.

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