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Nuevo portal REPSE 2026: qué cambió y qué sigue igual

  • hace 2 días
  • 5 min de lectura

Nuevo portal REPSE 2026

Si recientemente entraste al portal del REPSE, seguramente notaste que cambió su apariencia. La plataforma fue renovada con una interfaz más moderna, una navegación más clara y una mejor organización de los trámites.


Pero el cambio no fue únicamente visual.


De forma paralela, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó el 9 de junio de 2026 un Acuerdo de Simplificación Administrativa, vigente desde el 10 de junio de 2026, que simplifica algunos procedimientos del REPSE, principalmente para las empresas con hasta 10 trabajadores.


En esta guía te explicamos qué cambió en el portal, qué cambió en los trámites y qué obligaciones siguen exactamente igual para que puedas realizar tu registro, renovación o actualización con mayor certeza.


¿Qué es el REPSE?


El Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) es el registro obligatorio para las personas físicas y morales que ofrecen servicios especializados o ejecutan obras especializadas poniendo trabajadores a disposición de un cliente.

Este registro nació con la reforma en materia de subcontratación (outsourcing) y es administrado por la STPS.


¿Qué cambió en el portal REPSE?


Si ya habías utilizado el portal anteriormente, lo primero que notarás es una interfaz renovada, con una navegación más intuitiva y una mejor organización de las opciones disponibles.


Además del rediseño visual, el Acuerdo de Simplificación Administrativa introdujo cambios en algunos procedimientos para reducir la carga administrativa de las empresas.

En otras palabras, hubo dos cambios al mismo tiempo:


  • Un cambio visual del portal, que mejora la experiencia de navegación y facilita el acceso a los trámites.

  • Cambios administrativos, que simplifican algunos procedimientos y reducen requisitos para ciertos contribuyentes.


Aunque el portal ahora es más sencillo de utilizar, las obligaciones para obtener y conservar el REPSE continúan prácticamente iguales.


Los cambios más importantes en el nuevo portal REPSE


1. Menos requisitos para empresas con hasta 10 trabajadores


Este es el cambio más importante del acuerdo.


Las personas físicas y morales que tengan hasta 10 trabajadores ahora deben presentar menos documentación para realizar el trámite.


Entre los documentos que dejaron de solicitarse se encuentran:


  • Identificación oficial.

  • Poder notarial.

  • Comprobante de domicilio.

  • Registros patronales del IMSS.

  • Comprobante de nómina.

  • Cédula de Determinación de Cuotas (SUA).


En estos casos, el trámite se simplifica principalmente al formulario electrónico y la documentación fiscal prevista por la STPS.


2. Se simplifican los procedimientos administrativos


El acuerdo unifica en un mismo procedimiento administrativo los trámites relacionados con el REPSE, como el alta, la actualización y la cancelación.

Esto reduce pasos y facilita la gestión del trámite, aunque el cumplimiento de los requisitos sigue siendo obligatorio.


3. Menores tiempos de resolución


La STPS también redujo los tiempos máximos de respuesta.


  • Empresas con hasta 10 trabajadores: hasta 5 días hábiles.

  • Empresas con más de 10 trabajadores: hasta 15 días hábiles.

Esto representa una reducción respecto a los plazos anteriores.


4. Las empresas con más de 10 trabajadores también tienen cambios


Para este grupo los requisitos permanecen prácticamente iguales.


La principal simplificación consiste en que ya no es necesario presentar el comprobante de domicilio, mientras que el resto de la documentación continúa siendo prácticamente la misma.


Lo que NO cambió


Aunque el portal tiene una nueva apariencia y algunos procedimientos son más simples, las obligaciones principales permanecen.


Tu empresa sigue necesitando:


  • Opinión de cumplimiento positiva del SAT.

  • Opinión de cumplimiento positiva del IMSS.

  • Opinión de cumplimiento positiva del INFONAVIT.

  • Mantener actualizadas las actividades registradas en el REPSE.

  • Renovar el registro antes de su vencimiento.

  • Cumplir con las obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social correspondientes.


En otras palabras, el trámite puede ser más sencillo, pero el cumplimiento sigue siendo igual de importante.


Antes y después del REPSE 2026

Aspecto

Antes

Después del acuerdo

Portal

Interfaz anterior

Interfaz renovada y navegación más clara

Empresas con hasta 10 trabajadores

Mayor cantidad de documentos

Requisitos documentales simplificados

Empresas con más de 10 trabajadores

Requisitos completos

Se elimina el comprobante de domicilio

Procedimientos

Trámites separados

Procedimiento administrativo simplificado

Tiempo de resolución

Hasta 20 días hábiles

5 o 15 días hábiles, según el tipo de empresa

¿Cómo te afecta según el tamaño de tu empresa?


Si tienes hasta 10 trabajadores


Eres quien más se beneficia con esta actualización.


El trámite requiere menos documentación y la resolución puede obtenerse en un plazo de hasta 5 días hábiles, siempre que cumplas con los requisitos establecidos por la STPS.


Si tienes más de 10 trabajadores


El cambio es menor.


Aunque el procedimiento es más claro y el portal tiene una mejor experiencia de uso, los requisitos documentales siguen siendo prácticamente los mismos, salvo la eliminación del comprobante de domicilio.


Si contratas servicios especializados


Tus obligaciones no cambiaron.


Debes seguir verificando que tus proveedores cuenten con un REPSE vigente y que las actividades registradas correspondan al servicio contratado.


Checklist antes de iniciar tu trámite


Antes de ingresar al portal verifica que cuentas con:


✅ Opinión de cumplimiento positiva del SAT.

✅ Opinión de cumplimiento positiva del IMSS.

✅ Opinión de cumplimiento positiva del INFONAVIT.

✅ Constancia de Situación Fiscal actualizada.

✅ e.firma vigente.

✅ Actividades correctamente registradas en el REPSE.


Si tu empresa tiene hasta 10 trabajadores, también verifica que cumples con la documentación simplificada prevista en el acuerdo.


Preguntas frecuentes


¿Cambió únicamente la apariencia del portal?


No. Además del rediseño visual, la STPS publicó un Acuerdo de Simplificación Administrativa que reduce requisitos para algunas empresas, simplifica procedimientos y disminuye los tiempos de resolución.


¿Si ya tengo REPSE vigente debo hacer algún trámite?


No. Si tu registro continúa vigente, no necesitas realizar un nuevo trámite únicamente por la actualización del portal. Sin embargo, es recomendable familiarizarte con la nueva plataforma antes de tu próxima renovación o actualización.


¿Las empresas siguen siendo revisadas por SAT, IMSS e INFONAVIT?


Sí. La simplificación administrativa no elimina las verificaciones de cumplimiento. Mantener una opinión positiva ante estas autoridades sigue siendo indispensable para obtener o conservar el REPSE.


¿Dónde puedo verificar si un proveedor tiene REPSE vigente?


En el portal oficial repse.stps.gob.mx, mediante la consulta pública del padrón.


Antes de renovar tu REPSE, revisa esto


Uno de los principales motivos de rechazo del REPSE sigue siendo el incumplimiento ante el SAT, el IMSS o el INFONAVIT.


Si quieres conocer en qué casos la STPS puede cancelar un registro y cómo evitarlo, también te recomendamos leer nuestro artículo "¿Te pueden cancelar el REPSE por adeudos con SAT, IMSS o INFONAVIT?", disponible en el blog de SIMMPLE.


En SIMMPLE te ayudamos con tu REPSE


Aunque el nuevo portal facilita algunos procedimientos, obtener o conservar el REPSE sigue requiriendo cumplir correctamente con las obligaciones fiscales, laborales y de seguridad social.


En SIMMPLE te ayudamos a registrar, renovar o actualizar tu REPSE revisando previamente tu situación ante SAT, IMSS e INFONAVIT, validando que las actividades registradas sean correctas y preparando tu expediente para reducir el riesgo de observaciones o rechazos.

Si quieres realizar tu trámite con el acompañamiento de especialistas, contáctanos y recibe asesoría personalizada.


Fuente: Acuerdo por el que se simplifican diversos trámites en materia del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), publicado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en el Diario Oficial de la Federación el 9 de junio de 2026.


 
 
 
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