top of page

Inspección de cumplimiento REPSE… sin morir en el intento

Por si no lo sabías, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) suele realizar inspecciones periódicas para revisar que los negocios inscritos al REPSE se encuentren en orden y sin ninguna irregularidad. Esto ha sido todo un reto para muchos negocios, pues implica mucho orden y conocimiento de protocolos.



Si tu empresa presta servicios especializados, esto te interesa. Te contamos acá las acciones consideradas por la STPS como irregulares, así podrás evitar generar multas, sanciones e incluso la cancelación de tu registro.


4 COSAS QUE NO DEBES HACER SI ESTÁS INSCRITO EN REPSE


1. Negarte a la inspección


La STPS te avisa con anticipación para que te asegures de tener todo en orden durante la inspección, pero si te niegas es tomado como una irregularidad en la prestación de tus servicios.


2. Tener información incorrecta y/o sin actualizar


Si al momento de obtener tu registro brindaste información incorrecta, al momento de la inspección estas inconsistencias saldrán a la luz, por lo que es importante que si diste algún dato incorrecto, lo actualices para evitar ser sancionado.


3. Prestar un servicio que choque con el objeto social o la actividad económica preponderante del cliente


Es decir, si tu negocio brinda servicios especializados, no te puedes subcontratar para una empresa que realice la misma actividad económica.


4. No estar al día con el cumplimiento de tus obligaciones


Si no tienes un buen manejo de tu información para avalar tu cumplimiento ante el SAT, IMSS e INFONAVIT o entregas mal los documentos solicitados, tanto a tus clientes como a las autoridades, es seguro que tendrás problemas.



Otras cosas importantes que la STPS podría revisar durante su vigilancia:


A ti como proveedor del servicio u obra:


  • Que estés al corriente con tus obligaciones fiscales y de seguridad social.

  • Que la información que compartas coincida con las condiciones reales del centro de trabajo.

  • Que esté justificado el carácter especializado de los servicios que prestas.

  • Tener los contratos para la prestación de servicios conforme a lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y las disposiciones del REPSE.

  • Tener los comprobantes del pago de cuotas obrero-patronales de los trabajadores que estuvieron durante la prestación de tus servicios.

  • Que hayas proporcionado cuatrimestralmente la información de los contratos en la página del REPSE.

  • Que hayas presentado en tiempo y forma las declaraciones informativas ICSOE y SISUB.



A los beneficiarios de los servicios u obras:


  • Que los trabajadores no realicen actividades del objeto social y/o la actividad económica preponderante del negocio.

  • Que los trabajadores estén identificados correctamente como empleados de la empresa; nombre, gafete o código de identidad que los vincule con el proveedor.

  • Que cuente con las prestaciones de actividades especializadas contempladas en el Artículo 14 de la LFT y el artículo décimo octavo del acuerdo.


Terminando la revisión, los inspectores dejarán una constancia de los resultados obtenidos. En caso de tener incumplimientos, te dirán si aplica alguna sanción o, de ser necesario, la cancelación del registro en el REPSE.


¡Mantén todo en orden y evita cualquier sanción!



¡Nosotros te ayudamos! Con SIMMPLE obtendrás:


  • Asesoría antes y después de obtener tu registro.

  • Seguridad en el manejo de tu información.

  • Rapidez en la realización del trámite .

  • Certeza de la aprobación de tu REPSE.

  • Actualización de tu información cuando lo necesites.

  • Y evitarás multas cuantiosas para tu negocio y tus clientes.


Para poder verificar tu estatus, y si es el caso, regularizar tu situación, escríbenos al 5534337868 o llámanos al 55 2875 1639, para poder orientarte.


Fuente:

233 visualizaciones0 comentarios
bottom of page